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 ¿Quienes somos?

El CESIP es una organización no gubernamental de desarrollo, fundada en 1976, comprometida con la superación de las barreras personales, institucionales y sociales que limitan el ejercicio pleno de derechos de niños, niñas, adolescentes y mujeres adultas.

 

Para ello, interviene en el desarrollo de capacidades personales y colectivas, la institucionalización de mecanismos de promoción y protección, la articulación interinstitucional y la incidencia a nivel local, regional y nacional, promoviendo la participación de los diferentes actores sociales.

 Misión y Visión

MISION

El CESIP es una organización no gubernamental de desarrollo, fundada en 1976, comprometida con la superación de las barreras personales, institucionales y sociales que limitan el ejercicio pleno de derechos de niños, niñas, adolescentes y mujeres adultas.

Para ello, interviene en el desarrollo de capacidades personales y colectivas, la institucionalización de mecanismos de promoción y protección, la articulación interinstitucional y la incidencia a nivel local, regional y nacional, promoviendo la participación de los diferentes actores sociales.

 

VISION

El CESIP aspira a una sociedad justa, inclusiva y democrática, en la que niños, niñas, adolescentes y mujeres adultas se reconocen y son reconocidas y reconocidos como sujetos de derechos.

Una sociedad respetuosa de las diferencias de sexo, edad, origen étnico, cultura, opción/orientación sexual e ideología, en la cual las personas acceden a oportunidades, recursos y capacidades para el ejercicio de su ciudadanía, en armonía con el medio ambiente.

Una sociedad con un Estado laico promotor y protector de derechos, que actúa con ética, transparencia y eficiencia; y una sociedad civil vigilante y con iniciativa.

 

 Objetivos

Objetivo General

Niñas, niños, adolescentes y mujeres adultas, especialmente de los sectores más desfavorecidos, ejercen sus derechos superando vulneraciones específicas a su condición de género y edad.

 

Objetivo Específico 1

Niñas, niños, adolescentes y mujeres adultas son el centro de las políticas públicas vinculadas a sus derechos.

 

Objetivo Específico 2

Niñas, niños, adolescentes y mujeres adultas  establecen relaciones en condiciones de igualdad, en espacios públicos y privados

 

Objetivo Específico 3

Mujeres adultas, niñas, niños y adolescentes, especialmente de los sectores más desfavorecidos, mejoran su situación económica y social.

 

Objetivo Específico 4

Niños, niñas, adolescentes y mujeres adultas vigilan el cumplimiento de sus derechos, en corresponsabilidad con diferentes actores sociales.

 

Objetivo Específico 5

El CESIP se ha fortalecido institucionalmente.

 

 Enfoques

ENFOQUE DE DERECHOS HUMANOS DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
ENFOQUE DE GÉNERO
ENFOQUE DE DERECHOS HUMANOS

 Asociados y Asociadas

  • Ana Victoria Vásquez Gardini                                                                   
  • Liliana Blanca Ipince Zevallos      
  • Isaac Tomás Ruiz Sánchez             
  • Angélica Chong Wong           
  • Beatriz Dibós Cauvi                
  • Silvia Madalengoitia Ugarte
  • Myriam Cotlear Palacios                      
  • Walter Erazo Tamayo                            
  • María Emilia Filomeno Chávez        
  • María Elena Iglesias López        
  • Ana María Miranda Prieto         
  • Serafina Alvarez Salazar   
  • Rosario Murillo Hernández

 Consejo Directivo

CONSEJO DIRECTIVO CESIP

 

NOMBRE

CARGO

Ana Victoria Vásquez Gardini

Directora General

Isaac Tomas Ruiz Sánchez

Director-Responsable de Programa

 

Liliana Blanca Victoria Ipince Zevallos

Directora-Administradora

 

 

 Código de Conducta

El CESIP es un organismo no gubernamental de desarrollo comprometido con la promoción y defensa de los derechos de niñas, niños y adolescentes. Es fundamental que este compromiso, que se sustenta en valores y principios, sea respaldado y demostrado por todas/os las/os trabajadoras/es, voluntarios/as y colaboradores/as.

 

El Código de Conducta para la protección a la niñez y adolescencia tiene por finalidad brindar orientaciones claras  para un comportamiento digno y respetuoso, estableciendo las normas y procedimientos para prevenir y detener cualquier forma de agresión a la niñez y adolescencia en las intervenciones institucionales, y que son de obligatorio cumplimiento de todos/as los/as trabajadores/as, voluntarios/as y colaboradores/as del CESIP.

 

Todos/as los/as trabajadores/as, voluntarios/as y colaboradores/as del CESIP deben:

 

  1. Tratar a niñas, niñas y adolescentes con respeto, sin importar su sexo, religión, opinión política o de otro tipo, nacionalidad, origen étnico o social, discapacidad, opción sexual u otra condición.
  2. Ser conscientes de que la niñez y adolescencia participantes en las intervenciones del CESIP es vulnerable frente a las y los adultos, sobre todo al estar éstos o éstas en situaciones en las que detentan posiciones de poder y establecen vínculos que les dan particular autoridad y confianza hacia ellas y ellos.
  3. Ser conscientes de situaciones que podrían representar riesgos para los niños, las niñas y adolescentes, tanto porque pudiera ser que la o el adulto que se involucra con ellos o ellas  tuviera intenciones inadecuadas como para introducir un comportamiento que permita aprender en la práctica conductas de autocuidado para los niños, niñas y adolescentes y de protección para las y los adultos de su entorno (por ejemplo, el estar a solas con una niña o un niño, el filmar, fotografiar o entrevistar a una niña, niño o adolescente por razones de trabajo o para realizar informes).  Proceder únicamente si está dentro de los límites de este código, o cuando la propia seguridad del niño, niña o adolescente lo demande,  y siempre que haya sido autorizado/a por el/la responsable de la intervención y por la niña, niño o adolescente, y los padres y madres de familia o adulto responsable de él o ella.
  4. Planificar y organizar el trabajo, el lugar de trabajo o la visita de modo que se eviten  estos riesgos.
  5. En la medida de lo posible, organizar las actividades con niños, niñas y adolescentes, de tal manera que las mismas sean visibles para las personas del entorno.
  6. Informar a las personas responsables del trabajo institucional sobre cualquier inquietud o      incidente de agresión a la niñez y adolescencia.

 

Adicionalmente a lo señalado, los/as trabajadores/as, voluntarios/as y colaboradores/as del CESIP:  

  1. No deben  involucrarse en relaciones físicas que no correspondan a las actividades programadas o que involucren las partes privadas del cuerpo.
  2. No deben involucrarse en relaciones sentimentales y JAMÁS MANTENER CONTACTOS DE NATUREZA SEXUAL con niñas, niños y adolescentes.
  3. No deben actuar en formas que podrían ser abusivas, explotadoras o física o emocionalmente dañinas o que pudiesen de alguna forma ser consideradas como tales,   y tampoco actuar en formas que puedan poner a una niña, niño  o adolescente en este riesgo.
  4. No pasar tiempo a solas, y lejos de los demás, con niñas, niños y adolescentes, a no ser que esto sea una demanda de la propia protección de ellos o ellas.  Si requiere de privacidad, decírselo a otro(s)/a(s) miembro(s) del personal y dejar una puerta abierta.
  5. No consentir comportamientos de niños, niñas y adolescentes que sean ilegales o agresivos o que no sean seguros; tampoco participar de dichos comportamientos.
  6. En las ocasiones, debidamente autorizadas, en las que tuviera que pernoctar con un niño, niña o adolescente por razones de las actividades programadas o relacionadas con el proyecto, no compartir la misma cama con ellos o ellas. Tampoco compartir la misma habitación, a no ser por motivos de la propia seguridad de los niños, niñas y adolescentes; en estos casos contando con el conocimiento y previa autorización del o la responsable de la intervención, el padre, madre o adulto responsable del niño, niña o adolescente y con el acuerdo del propio niño, niña o adolescente, debidamente informados o informadas de los motivos de esto.
  7. No usar el castigo físico ni ninguna otra forma que atente físicamente contra la niñez y la adolescencia.
  8. No actuar en formas que busquen -o que sin buscarlo puedan genera esas consecuencias- avergonzar, humillar, minimizar o degradar a la niñez o  adolescencia; ni de ningún otro modo que implique cualquier forma de agresión emocional.
  9. No discriminar ni favorecer a algunas/os niñas/os o adolescentes sobre otras/os, no exhibir tratamiento preferencial que no tenga fundamento en la protección de los derechos y los requerimientos de la situación o las características específicas del niño, niña o adolescente.
  10. No dejar que niños, niñas y adolescentes hagan labores domésticas o de otro tipo que sean inadecuadas para su edad o etapa de desarrollo, que interfieran con su educación o que les pongan en riesgo.
  11. No permitir que un/a niño, niña o adolescente sea aislada o sistemáticamente descuidado/a y, si  sabe que ella o él corre peligro, no dejar de protegerle.
  12. Mantener la necesaria distancia profesional y no adoptar el rol de un/a cuidadora/a personal, convirtiéndose por ejemplo en donante personal o padrino/madrina.

 

Atención: Aunque la lista anterior cubre muchas situaciones que podrían causar daño, nunca será exhaustiva.  El principio primordial es considerar el interés superior del niño.

Si está en duda, póngase en contacto con el personal responsable.

 

Sobre fotografías, videos/filmaciones, otras imágenes y mensajes

 

  1. Antes de tomar la foto de una niña, niño o adolescente, o filmarle, obtener su consentimiento y el de su madre o padre o apoderado/a.
  2. No prometer a la niña, niño o adolescente cosa alguna a cambio de las imágenes.
  3. Captar a la niña o el niño en imágenes que sean decorosas y respetuosas y que no le muestren como una víctima vulnerable y sumisa.
  4. Asegurarse  de que la imagen no pueda ser interpretada sexualmente ni que consienta una situación de abuso.
  5. Proteger la seguridad y privacidad de niñas, niños y adolescentes y de sus familias, evitando colocar imágenes en la prensa o en la Internet que las/los pueda identificar, salvo que se tenga su consentimiento y el de su madre o padre o apoderado/a.
  6. Las imágenes y los mensajes sólo podrán usarse previo consentimiento del CESIP.
  7. Las/los periodistas, reporteras/os, fotógrafas/os, camarógrafas/os y otras/os profesionales de la prensa también deben seguir estas normas.

 

Procedimiento de informe de agresión a la niñez

 

Si preocupa la seguridad y el bienestar de una niña, niño o adolescente, por favor informar inmediatamente al/la responsable de la intervención en que participa o al/la responsable de programa o dirección institucional.  Actuar  inmediatamente porque la niña, niño o adolescente podría estar en riesgo de un daño serio si no se hace.

 

Para asegurar el cumplimiento de este Código, el CESIP debe:

 

  1. Garantizar que los todos/as los/as trabajadores/as, voluntarios/as y colaboradores/as del CESIP conozcan el Código de Conducta.
  2. Promover una cultura de apertura que permita se plantee y converse cualquier     problemática o inquietud.
  3. Asegurarse de que existe un sentido de responsabilidad entre las y los miembros del personal para que de ninguna manera se dé una práctica inadecuada o una conducta agresiva.
  4. Asegurarse de que las niñas, niños y adolescentes tengan información sobre el tipo de relaciones a establecer con el personal o con otras personas y estimularles a mencionar cualquier preocupación que pudiesen tener al respecto.
  5. Informar a niñas, niños y adolescentes sobre lo que es aceptable y lo que no lo es, y decirles lo que pueden hacer si surge un problema.

 Información Legal

El CESIP se encuentra inscrito en las siguientes entidades públicas:


ENTIDADES

RESOLUCIONES

Regístros Públicos

Ficha Nº 3704

Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT-

Carta Nº 2390-2009-SUNAT/2D1000

Agencia Peruana de Cooperación Internacional- APCI

Resolución Directoral Nº.109-2013/APCI-DOC

Ministerio de la Mujer- MIMDES

Resolución Directoral Nº. 142-2011-MIMDES-DGFC-DINNA

Ministerio de Economía y Finanzas-  MEF

Resolución Ministerial  Nº.502-2009-EF/15

 

 Auditoría 2010

Descargar: Auditoria 2010

CESIP - Coronel Zegarra 722, Jesus María, Lima - Perú
Teléfonos: (511) 471 3410 / (511) 470 2489
E-mail: postmast@cesip.org.pe